Chile fue pionero en Latinoamérica prohibiendo las bolsas plásticas en el comercio gracias a la ley Chao Bolsas Plásticas (Nº 21.100), que fue promulgada en 2018 y que según estimaciones del Ministerio del Medio Ambiente evita anualmente el uso de 3.400 millones de bolsas en el país. Este 2021 se dió un paso más en la batalla contra el plástico con la promulgación de otra ley, una que apunta ahora a utensilios como platos, vasos, cubiertos, bombillas y otros productos de plástico de un solo uso, así como también a las botellas plásticas que venden supermercados y negocios.
Se trata de la Ley de Plásticos de un Solo Uso (Nº 21.368) y que tiene tres pilares: limitar la entrega de productos de un solo uso en lugares de expendio de alimentos, fomentar la reutilización y certificación de los plásticos y regular el uso de las botellas plásticas desechables. Según un estudio de Oceana y Plastic Oceans, estos productos plásticos generan anualmente en Chile más de 23.000 toneladas de plástico, el equivalente a 2.343 camiones de basura.
Al igual que ocurrió con Chao Bolsas Plásticas, la implementación de esta ley será gradual. Un primer conjunto de normas empezará a regir desde febrero de 2022: desde entonces los locales de expendio de comidas —como restaurantes, bares y cafés— no podrán entregar cubiertos, bombillas, revolvedores ni palillos que sean de plástico de un solo uso. La ley plantea expresamente esos productos, por lo que otros plásticos de un solo uso, como vasos, envases o bandejas, todavía podrán usarse.
A partir del año 2024 suben las exigencias. Desde entonces los locales, al atender en el lugar, tendrán prohibido entregar cualquier producto de un solo uso, no sólo de plástico, sino que de cualquier material. La exigencia cambia cuando se trata de comida para llevar o delivery, donde sí podrán usarse envases desechables, siempre que estos sean de materiales valorizables (no plástico) o bien de plástico compostable certificado por el Ministerio del Medio Ambiente. Esto mismo corre para cubiertos y otros utensilios, aunque con una salvedad: los locales sólo podrán entregarlos en caso de que el consumidor los pida. Además, los establecimientos que entreguen estos productos permitidos de un sólo uso por ley deberán informar a las personas sobre la manera correcta de valorizar los residuos y sensibilizarlos respecto al impacto ecológico de su valorización.
En el caso de las botellas plásticas retornables, desde febrero de 2022 los supermercados estarán obligados a tener en su oferta bebestibles en ese tipo envase y a recibirlo de los clientes. La norma en dos años más se ampliará a los negocios en general. Aunque la ley de Plásticos de Un Solo Uso ya está promulgada, la proporción de botellas retornables que deberán tener los locales aún no está dicha. La determinará el reglamento de esta ley de Plásticos de un Solo Uso, que tiene 18 meses de plazo para redactarse.
Las botellas plásticas desechables seguirán existiendo, pero la ley plantea que deberán estar compuestas por un porcentaje de plástico recolectado y reciclado dentro del país, en una proporción que también deberá determinar el reglamento, pero que no podrá ser inferior al 15% para el año 2025, aumentando ese mínimo hasta llegar a un 70% en el año 2060. La ley de Plásticos de un Solo Uso excluye de esta norma a los importadores de bebestibles en plástico (que deben regirse por la ley 20.920) y a los pequeños productores locales.